Construcciones deben respetar distancias mínimas de seguridad eléctrica

Construcciones deben respetar distancias mínimas de seguridad eléctrica

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En edificaciones la distancias mínimas de seguridad horizontal es de 2.50 metros a las redes de media tensión expuestas y 1.50 metros a las redes aisladas. En las de baja tensión la distancia mínima es de 1.00 metro tanto para las redes expuestas y aisladas.

Los letreros, chimeneas, tanques y antenas también deben respetar las distancias mencionadas. Estas disposiciones deben ser tomadas en  consideración a la hora de construir las viviendas.

Una edificación que no respeta las distancias se encuentra en situación de riesgo eléctrico y da la posibilidad de un accidente por contacto de partes energizadas con las personas, sino se toma acciones para evitarlo.

Es recurrente este tipo de accidentes con el personal de construcción civil, que a veces al manipular temerariamente los fierros de construcción, hacen contacto con las redes de media tensión.

Construcciones muy cercanas a las redes eléctricas son generan riesgo de seguridad.

En el límite de la propiedad hay una vereda, de acuerdo al Reglamento Nacional de Construcción (Art. 14) en las edificaciones que no cuentan con retiro no se permite construir voladizos sobre la vereda.

Electrocentro al encontrar que se vulnera las distancias mínimas, informa a Osinergmin, que tiene la potestad de paralizar las construcciones y se puede incluso ordenar la demolición de la infraestructura.

La normativa para el sector eléctrico se sustenta en el Reglamento Nacional de Edificaciones, la Ley de Concesiones Eléctricas, el Código Nacional de Electricidad y el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo en el sector eléctrico

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