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Ninguna provincia de Junín cumple requisitos para clases presenciales en escuelas rurales

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El Ministerio de Educación autorizó este miércoles el inicio de clases presenciales en escuelas y colegios rurales, en centros poblados o distritos con cero contagios del covid-19 y para ello estableció condicones que debe reunir la provincia donde se ubica la institución educativa.

Pero en Junín, nunguna institución educativa de Educación Básica Regular de la zona rural podrá inicar las clases presenciales, porque las provincias no cumplen estas condiciones establecidas en la Resolución Ministerial N° 229-2020-MINEDU, señaló el director regional de Educación, Bladimir López Leiva.

La primera condición es que la comunidad o centro poblado donde se ubica la institución educativa, tenga 0 casos de covid-19, y la provincia tenga 10 o menos casos positivos, en los últimos 14 días, que será verificado por las autoridades sanitarias.

El director de Educación, indicó que aún así haya comunidades con 0 infectados por el covid-19, todas las provincias de la región cuentan con más de 85 casos de infecciones.

De acuerco con la sala situaciona del la Dirección Regional de Salud al 17 de junio, Huancayo tiene 1.700 infectados; Chanchamayo, 523; Satipo, 233; Chupaca, 230; Yauli, 213; Tarma, 177; Junín, 144; Jauja, 102 y Concepción, 89 personas con covid-19 positivas. La determinación de cuántos de estos casos son activos, estará a cargo del sector salud.

La segunda condición es que la institución educativa sea rural.

La tercera condición indica que el personal docente y directivo resida o se encuentre cumpliendo el aislamiento obligatorio en el centro poblado o comunidad donde se ubica la institución educativa, y cuente con despistaje negativo de covid-19.

escuela-rural3-2918719 Una de las condiciones es que asegurar el distanciamiento social entre los alumnos. // Foto: Percy Salomé.

Como cuarta condición, se necesita el consetimiento de la comunidad o sus autoridades, por escrito, para el inicio de la prestación presencial del servicio educativo, de las autoridades locales, comunales, políticas, organizaciones indígenas o de base, prefectura y de la comunidad educativa, según corresponda.

El Ministerio de Educación establece como quinta condición, el uso de materiales de limpieza y otros señalados en el protocolo de retorno al servicio educativo presencial.

Y la sexta condición, es que la institución educativa reúna las condiciones de salubridad y espacios adecuados para distanciamiento entre los alumnos.

El director regional de Educación, Bladimir López Leiva, dijo que tras evaluar estos requisitos, es prácticamente inviable el inicio de las clases presenciales en instituciones educativas rurales, en Junín, donde no hay señal de internet ni radio para la educación remota.

Escucha sus declaraciones brindadas a RPP.

Establecen Disposiciones Respecto Al Inicio de La Prestacion Resolucion Ministerial n 229 2020 Minedu 18681… by Portal Central on Scribd

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